Nueva regulación sobre los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) en la Ley Orgánica 1/2025
El 2 de enero de 2025 se publicó la Ley Orgánica 1/2025, cuya finalidad es introducir otros medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional (MASC), potenciando la negociación entre las partes, directamente o con la ayuda de un tercero neutral.
Los MASC engloban actividades negociadoras como la mediación, la conciliación privada, la oferta vinculante confidencial, la opinión de persona experta independiente, el derecho colaborativo y la justicia restaurativa, en las cuales las partes intentan alcanzar acuerdos de buena fe, ya sea de manera directa o con la intervención de un tercero neutral.
Aspectos de la reforma
- Ámbito de Aplicación: Los MASC serán de aplicación en asuntos civiles y mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos, excluyendo los ámbitos penal, laboral y concursal, así como los litigios donde participe el sector público.
- Obligatoriedad previa al litigio: La ley establece como requisito de procedibilidad, con determinadas excepciones, acudir a un MASC antes de presentar una demanda judicial en la mayoría de los procedimientos civiles.
- Confidencialidad y Formalización: Los procesos serán confidenciales y los acuerdos alcanzados podrán formalizarse mediante escritura pública, o ser homologados judicialmente para dotarlos de fuerza ejecutiva.
- Uso de medios telemáticos: Se facilita la utilización de herramientas digitales para el desarrollo de los procesos negociadores, especialmente en reclamaciones de menor cuantía.
Entrada en vigor
La Ley Orgánica 1/2025 entrará en vigor el 3 de abril de 2025.
Cuenta atrás entrada en vigor
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